Hay varios tipos de licencias abiertas. Entre las más
conocidas están las licencias GNU GPL y las licencias Creative Commons (CC).
GNU GPL
Están dirigidas a los programas informáticos, y al
utilizarlas el autor declara que se trata de una pieza de software libre, por
lo que cualquier usuario tiene derecho a instalarla, utilizarla, modificarla o
distribuirla sin ningún obstáculo. Entre el software cobijado por esta licencia
están los sistemas operativos Linux, el programa de edición fotográfica GIMP y
las ‘suites’ de oficina OpenOffice y LibreOffice.
Los autores pueden poner una o varias de las siguientes
condiciones:
• Atribución: que
su obra solo pueda ser reutilizada si se le reconoce como autor de ella en la
nueva publicación.
• No comercial: que
su obra solo pueda ser reutilizada si se hace sin ánimo de lucro y con
propósitos no comerciales.
• Sin derivar: que
su obra no pueda ser utilizada como base para la creación de una obra nueva.
• Compartir igual:
que su obra solo pueda ser reproducida o utilizada como base para la creación
de una obra nueva si se hace en una publicación que también tenga una licencia
CC.
CREATIVE COMMONS
Están diseñadas para todo tipo de contenidos: textos,
imágenes, audios, infografías, videos, etc; tanto dentro como fuera de
Internet. Las licencias CC tienen la característica de que amplían las
posibilidades que tiene el autor para permitir ciertos usos y restringir otros.
Esto hace que, por ejemplo, un fotógrafo pueda publicar su obra para que sea
usada sin ánimo de lucro, sin que eso signifique que no tenga derecho a cobrar
por ella cuando es utilizada con propósitos comerciales.
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