jueves, 15 de diciembre de 2016

LICENCIAS ABIERTAS

Hay varios tipos de licencias abiertas. Entre las más conocidas están las licencias GNU GPL y las licencias Creative Commons (CC).
GNU GPL
Están dirigidas a los programas informáticos, y al utilizarlas el autor declara que se trata de una pieza de software libre, por lo que cualquier usuario tiene derecho a instalarla, utilizarla, modificarla o distribuirla sin ningún obstáculo. Entre el software cobijado por esta licencia están los sistemas operativos Linux, el programa de edición fotográfica GIMP y las ‘suites’ de oficina OpenOffice y LibreOffice.
Los autores pueden poner una o varias de las siguientes condiciones:

•    Atribución: que su obra solo pueda ser reutilizada si se le reconoce como autor de ella en la nueva publicación.
•    No comercial: que su obra solo pueda ser reutilizada si se hace sin ánimo de lucro y con propósitos no comerciales.
•    Sin derivar: que su obra no pueda ser utilizada como base para la creación de una obra nueva.
•    Compartir igual: que su obra solo pueda ser reproducida o utilizada como base para la creación de una obra nueva si se hace en una publicación que también tenga una licencia CC.



CREATIVE COMMONS
Están diseñadas para todo tipo de contenidos: textos, imágenes, audios, infografías, videos, etc; tanto dentro como fuera de Internet. Las licencias CC tienen la característica de que amplían las posibilidades que tiene el autor para permitir ciertos usos y restringir otros. Esto hace que, por ejemplo, un fotógrafo pueda publicar su obra para que sea usada sin ánimo de lucro, sin que eso signifique que no tenga derecho a cobrar por ella cuando es utilizada con propósitos comerciales.


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